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ARTÍCULOS VARIOS

LUZ HERNÁNDEZ ALCARÁZ

APLICABILIDAD DEL DERECHO INTERNACIONAL AL DESARROLLO

El Derecho Internacional al Desarrollo se inició como un concepto de cooperación internacional, donde países ya desarrollados lo efectuaban como mecanismo de colaboración y apoyo con los países que se encontraban en desarrollo.

Este Derecho Internacional al Desarrollo, es un organismo jurídico organizado y lo rige la resolución 41/128 de 1986 de las Naciones Unidas, como un Derecho Humano, por el cual busca el desarrollo de todo el mundo, mediante el apoyo de la comunidad internacional y otros organismos multilaterales, por el cual se puede acceder  a unas condiciones que ayudan a mejorar el desarrollo efectivo de sus objetivos propuestos, todo esto es con el fin de obtener que sus integrantes disfruten de un adecuado entorno que les permita gozar de sus derechos y el óptimo  desarrollo personal para cada uno de ellos. Gracias a la intervención de la ONU y otros organismos multilaterales, se logró articular un conjunto de normas con carácter jurídico para apoyar y ayudar a los países en desarrollo.

Este Derecho, como cuerpo jurídico  organizado, presenta dos esferas, las cuales son: la nacional y la internacional. La nacional es la que constituye las estrategias internas para ese país o nación, las cuales le permiten alcanzar condiciones establecidas para el desarrollo tanto del país como de todos sus habitantes y la internacional son para que los demás países en desarrollo puedan lograrlo, a este fin también aportan e intervienen organismos multilaterales como la ONU, la Nafta, la Liga Árabe de países, BID, FMI, entre otros.

De todo esto podemos decir que la ONU fue el principal organismo que aporto e impulso para la articulación y existencia del Derecho Internacional al Desarrollo, y que a su vez es el organismo que diseño propuestas a nivel internacional, lo cual apuntan a mejorar las condiciones de los países y de todos sus habitantes, para que así logren gozar completamente de sus derechos y garantías que este Derecho brinda. Estas condiciones son esencialmente una eliminación de la pobreza con el fin de disminuir la estratificación y discriminación social, también son un crecimiento  seguro con relación a la economía y ayuda significativamente para alcanzar unos buenos niveles en cuanto a avances científicos y tecnológicos que admiten abrir puertas para alcanzar dicho Desarrollo.

Por ultimo podemos decir que el esfuerzo de países en desarrollo no solo es importante sino también necesario, para alcanzar tan esperado sueño como lo es el Derecho Internacional al Desarrollo, ya que permite reunir esfuerzos de todo el mundo,  es decir los organismos multilaterales, los países desarrollados y en desarrollo que lo hacen sin ningún tipo de excepción.




DANIEL GALVIS GIL

ASPECTOS TRIBUTARIOS O JURÍDICOS PARA LOS NEGOCIOS INTERNACIONALES

Desde hace varios años los gerentes de las empresas han descubierto la importancia de administrar sus negocios en base a planificación de negocios en el marco jurídico, colaborando a la toma de decisiones en base a información legal de la situación de las empresas. Por ello la importancia de analizar el ámbito que comprende la economía en el marco jurídico internacional, así como las teorías explicativas de los procesos que practica la organización en el comercio internacional, a través de conocer la importancia de los movimientos y los factores legales internacionales, la economía internacional y la política tributaria comercial. El derecho tributario internacional no es ajeno a la evolución del comercio internacional, la reducción de las barreras arancelarias y aduaneras que limitan el intercambio de bienes, conduce a un país a desarrollar o adoptar soluciones para los nuevos retos tributarios que surgen de la intervención de diversos actores localizados en dos o más jurisdicciones impositivas.

Por esta razón, paralelo a la negociación de los Tratados de Libre Comercio es frecuente ver el surgimiento de figuras como los Convenios de Doble Imposición, las normas de precios de transferencia, las de transparencia fiscal y el principio de sustancia sobre la forma, entre otros.  Los efectos tributarios de algunos de los aspectos que deben ser considerados al estructurar un negocio internacional, esto incluye desde la negociación del Incoterm en cada contrato de compraventa internacional hasta llegar a las estructuraciones corporativas de toda la operación de una o varias compañías que tengan negocios en varias jurisdicciones. Por ende una vez se tiene documentación legal para iniciar operaciones como sucursal en determinado país,  se inician actividades con una secuencia lógica y cronológica, con el único objetivo de hacer llegar un bien de calidad al cliente que lo recibe, ampliando mercados. Estos trabajos se realizan en base a estructuras de funcionalidad, bajo la perspectiva de procesos interrelacionados, cuya función afecta a las demás que las apoyan, registrando datos para la toma de decisiones por parte de la gerencia en la Casa Matriz. Ahora bien para el caso que no se desee implementar una sucursal, puede realizarse la distribución del producto considerando compañías ya fundadas, bajo la figura comercial de clientes, siempre con el objetivo de distribución de productos o servicios en otros países, para el presente  se inicia tomando el registro de clientes potenciales, para hacer visitas de captación y mantenimiento, estudiando la viabilidad del servicio para hacer ofertas de precios que luego de ser negociada y aceptada pasará a formar parte del registro de clientes del negocio, de lo contrario pasará al registro de clientes perdidos. 





JUAN DAVID SUÁREZ LONDOÑO

EL PRINCIPIO DE LA NO-RECIPROCIDAD: ENTRE EL DEBER SER Y SU REGULACIÓN JURÍDICA EN EL MARCO DE LAS RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES Y DE COOPERACIÓN

Podría inferir en el principio del documento donde se narran los antecedentes de ciertas políticas internacionales, que quieren crear los países desarrollados, pero uno diría que más en un afán de buscar solo un beneficio para ciertos países que para todo la comunidad mundial, desde el principio se observa la desigualdad aunque en teoría todo tipo de acuerdo internacional o política mundial lo que quiere buscar es un equilibrio económico de las naciones o un gran estrategia económica para salir de ciertas crisis en este caso era el fortalecimiento de la economía mundial o europea después de la guerra.
Si todo partiera de la buena fe y el equilibrio de los tratados  lo cual volvemos a un punto de partida que una cosa es lo que en la teoría se propone y otra muy diferente a lo que el practica sucede y es allí donde verdaderamente se muestran las realidades de dichas políticas o tratados donde la nación poderosa o con un fuerte poder económico es quien predomina y además impone sus condiciones.
La parte jurídica de este tipo de documentos son esencialmente equilibradas pero realmente que equilibrio es que el busca el ser humano, pues otra vez traemos la palabra una cosa pasa desde lo teórico o lo que se encuentra plasmado en los tratados y otra es la realidad de los países sobre todo aquellos que están en vía de desarrollo o los comúnmente conocidos como países del tercer mundo, quienes realmente son los que han apalancado a los países desarrollados en todo la economía mundial.
Aunque si uno fuese consecuente con los que se registra en este tipo de tratados pues la jurisprudencia internacional diría que reciprocidad en términos jurídicos es equilibrada y justa con ambos países con los países que firman los tratados internacionales o que se acogen a la normatividad internacional traerá uno beneficios que uno diría que se relacionan de una manera de gana-gana en el cual ambas partes reciben beneficios iguales.
Como antecedente el desequilibrio lleva también a un conflicto general mundial el cual se ve reflejado en conflicto de Norte-Sur en el cual los países en vía de desarrollo solicitan mejores opciones para así poder continuar en esa vía de desarrollo ya que ellos saben que con las políticas actuales y futuras los países industrializados seguirán imponiéndose sobre aquellos países que están en esa vía de desarrollo, ya que estos países no contaban con una gran presencia en la economía mundial o en las políticas monetarias mundiales.
Todo lo anterior para afirmar que desde el inicio de las políticas internacionales los siempre han favorecidos a aquellos países cuyo poderío económico estaba por encima de otros esos otros se ven reflejados en los países en vía de desarrollo, si no observa los objetivos fundamentales de la Concepción de un NOEI (Nuevo Orden Económico Internacional) podemos ser consecuentes con los afirmado en las primeras líneas donde todo sería basado en el principio de igual entre los países, pero otra seria la realidad de estas políticas internacionales.
Uno analizara NOEI realmente en su objetivo primordial era establecer una serie de garantías tanto jurídicas como económicas para los países ya fuesen industrializados o en vía de desarrollo, pero como mantener la paz mundial en una economía donde el más fuerte prevalece sobre el más débil todo este tipo de desequilibrio e injusticia económica realmente es complicado que la paz mundial prevalezca porque tal cual como se dice los ricos serán más ricos (países industrializados) y los pobres más pobres (países en vía de desarrollo).
No solo de buenas intenciones vive el hombre toda la política económica mundial y la jurisprudencia internacional tiene una gran deuda por que más que de intensiones será de las acciones y buenas acciones , aquellas que bien encaminadas puedan crear una economía equilibrada tanto en lo económico como en los social todo esto realmente si traería la verdadera paz mundial este tipo de circunstancias tendrán como lugar que una de las acciones sea que aquellos países que son más pobres puedan obtener mejores beneficios en cualquier tipo de tratado que realicen de manera internacional.
También podría uno afirmar que esa igualdad puede traer progreso y un crecimiento económico sostenible para aquellas regiones que están en vía de desarrollo y para aquellas en las cuales la pobreza los agobia.
Pues realmente para que desde que lo escrito pase a las acciones reales se requiere un consenso de manera global y general en todas las políticas internacionales. Solo este tipo de acciones realmente generan la estabilidad que se propone así como lo dice el autor: Th. Niemeyer.
Uno diría que todas aquellas resoluciones emitidas en la ONU son el reflejo de un consenso mundial pero realmente no lo son ya que no todos los países pertenecen a esta organización y ante lo anterior también podemos afirmar que realmente como no todos los países pertenecen a la ONU las resoluciones realmente no son un consenso internacional ya que muchos de los votos son más por conveniencia que por una real apropiación de las resoluciones que se votan o la influencia de los más poderosos y así poderse beneficiar de los países que votan o sacar algún tipo de provecho de los países miembros y que son países en vía de desarrollo para que voten así este tipo de resoluciones no los beneficie o su beneficio recaiga sobre otros países.
Realmente las resoluciones de las ONU poseen un valor jurídico para mi no realmente si lo hubiese realmente tendríamos justicia tanto económica como social realmente las políticas internacionales serian en favorecer a todos los países del mundo y no a unos cuantos que son los que realmente poseen las riquezas financieras y económicas del mundo, realmente lo que uno ve como cooperación internacional realmente satisface a salvaguardar algún tipo de interese de un país poderoso en el caso de algunos será el petróleo o algún tipo de recurso natural sea renovable o no renovable.
Para concluir desde hace muchos años la no igualdad en las negociaciones y economía mundial realmente siempre favorecerá a los países más fuertes aquellos que tienen el poder de poner sus condiciones y que pueden manipular tanto los tratados como la legislación internacional y siempre será aquellos países en vía de desarrollo quienes tendrán que apalancar a estos grandes países.




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